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20/5/09

Por primera vez un fallo judicial ordena que un viudo herede los bienes de su suegra

Pero no le da ese privilegio a los hombres. La Justicia de Córdoba lo revirtió.
UN CASO QUE INCORPORA UN NUEVO ORDEN EN LAS SUCESIONES



Uno de los pilares de la democracia occidental y moderna es la igualdad de géneros. Mientras la mayoría de casos de desigualdad se dan en perjuicio de las mujeres, un novedoso fallo de la Justicia cordobesa planteó un caso de desigualdad hacia los hombres y reconoció a un viudo como legítimo heredero de su suegra. La mujer había fallecido en 2006. Hasta ahora ese derecho no estaba previsto en el artículo 3.576 bis del Código Civil, que sí lo contemplaba para las viudas.

El inédito fallo cordobés -el primero de Argentina- considera inconstitucional a este artículo del Código Civil y benefició a Rubén Darío Vallero, quién podrá heredar los bienes de su suegra Agustina Morales. La esposa de Vallero e hija de Morales, María Canutti, había muerto en 2001, por lo que el hombre reclamó un porcentaje de los bienes que le correspondían a ella en la sucesión.

En su fallo del 30 de abril pasado, el juez José Luis García Sagués, del Juzgado Civil y Comercial de 27ª Nominación establece: "El artículo 3.576 bis es inconstitucional", y agrega que Vallero fue "discriminado, sin razón que lo justifique -por el solo hecho de ser hombre-, de acceder a la sucesión de su suegra, en tanto que él se encuentra en las mismas condiciones que ese precepto le exige a la mujer, en su estado de nuera viuda y sin hijos".

La llamada Ley Borda, sancionada en 1968, incluyó el derecho de la mujer viuda y sin hijos a heredar el 25% de los bienes de sus suegros que le hubieran correspondido a su marido en vida, pero nada fijó sobre un viudo en iguales condiciones. La fiscal en lo Civil, Comercial y Laboral, Alicia García de Solavagione, solicitó el beneficio para Vallero, al considerar que se vulnera el artículo 16 de la Constitución Nacional, que dispone la igualdad. Según la funcionaria, la norma se incluyó "por la actitud paternalista de la época, la errónea concepción asistencialista (...) otorgando prerrogativa a la femineidad".

Haciendo caso al pedido de la fiscal Solavagione, el juez García Sagués le otorgó a este viudo cordobés el beneficio de heredar el 25% de lo que le correspondía a su esposa.

"El mérito no es mío, es de mis abogados y de la señora fiscal que llevó adelante todo este trabajo", le contó Vallero a Clarín. El hombre, un productor de seguros de 65 años, no quiso hablar "porque no soy modelo de nada, sólo que mi caso será un ejemplo para el resto de los hombres viudos".

Mientras que su abogado Kemal Yomaha explicó que "la causa la iniciamos en noviembre de 2007 cuando la cuñada de Vallero, Susana Canutti se presentó como única heredera. Nosotros consideramos que era irritativo para un hombre, que en pleno siglo 21 se estén vulnerando la igualdad de sus derechos", aseguró Yomaha.

El abogado remarcó que la ley no protege a la nuera indefensa, pues no es requisito que la viuda sea carente de recursos económicos, sino que reconoce el vínculo familiar entre la nuera y sus suegros. Y lo mismo debería pasar con el yerno, porque frente a la ley los lazos familiares no varían según el sexo.