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17/11/10

Un supermercado deberá indemnizar a una clienta a la que acusó falsamente de hurto


El fallo, dictado por la jueza en lo Civil y Comercial número diez de Morón, Graciela Laura Barbieri, determinó que la clienta fue víctima de ‘un accionar manifiestamente irrazonable, abusivo y desmedido‘ por parte de la seguridad del supermercado, ya que ‘fue sometida públicamente a un humillante estado de sospecha por la imputación de un presunto delito que no se acreditó‘.

La clienta, identificada en el expediente como María Roxana Suárez, sufrió el episodio el 1• de diciembre de 2002, aproximadamente a las 13.15, cuando concurrió con su hijo de cuatro meses y medio a efectuar compras en un supermercado de capitales chilenos, situado en la calle Intendente García Silva 655 de la Ciudad de Morón.

Cuando se retiraba tras abonar su compra fue ‘detenida por una persona de seguridad de la demandada, quien la increpa manifestándole que le tenía que hacer entrega de lo que había sustraído del sector de Perfumería, ya que las cámaras de video de seguridad del supermercado habían detectado el hecho‘.

La mujer negó el hecho, pidió que se hiciera presente la policía bonaerense y finalmente accedió, previa llegada de su marido, a que revisaran sus pertenencias.

En un entrepiso del supermercado, empleados de seguridad privada no hallaron nada entre sus ropas pero no conforme con ello revisaron también al bebé, también con ‘resultado negativo‘.

Según relató la mujer, ‘el Coordinador de Seguridad de Disco, Carlos Suárez, le pidió encarecidamente que no efectuara ninguna denuncia judicial, y como solución le ofreció acercarme el libro de quejas de Disco‘.

La clienta llevó el caso a la Justicia y la jueza Barbieri falló a su favor, reconociendo que ‘toda persona tiene derecho al respeto de su honra y al reconocimiento de su dignidad‘, pues ‘si bien los clientes deben, en cierta forma, estar predispuestos a eventuales controles todos ellos han de realizarse dentro de los límites de la razonabilidad y el respeto que merece el consumidor‘.

La clienta fue puesta ‘en un estado de total indefensión, sin reparar siquiera en el impacto que su proceder debe provocar a cualquier persona que se encuentre en esa situación‘, ya que además ‘llevaba consigo su bebé, que estaba sola y delante del público que presenciaba lo ocurrido‘.

Disco ‘tampoco garantizó sus derechos debiendo en el caso frente a la imputación de un delito requerir la intervención de los efectivos policiales contratados precisamente para la prevención y/o custodia y seguridad del establecimiento‘, resume el fallo.

La condena trepó a 20 mil pesos de indemnización más intereses, lo que redondeó una liquidación final del orden de los 30 mil pesos, precisaron las fuentes.