comercialización y uso de los medicamentos “Beauty Botulinum Toxin Tipo A, 50 UI” y “Apósitos Protectores Cris Blan” en presentación por diez unidades. En el primero de los casos, la prohibición “fue adoptada luego de una investigación iniciada a raíz de una denuncia anónima, en la que se detallaba que el producto se ofrecía por Internet para el tratamiento cosmético de arrugas y líneas de expresión”, informó el Ministerio de Salud en un comunicado. Pero en esa promoción “se indicaba que la forma de aplicación era la inyectable, característica que no corresponde a un producto cosmético”. El Anmat explicó que una vez realizadas las averiguaciones correspondientes, “se verificó que el producto no estaba autorizado y que, además, no cumplía con las exigencias normativas respecto a su rotulado”. En cuanto a los apósitos, se prohibió la comercialización “luego de que se detectó que se vendía pero que no estaba inscripto inscripto ante la Anmat”. Además, el Instituto Nacional de Medicamentos (Iname), dependiente de la Anmat “recibió una denuncia que reportaba que el apósito había producido una reacción alérgica en la piel de una persona, luego de haberlo aplicado sobre una herida”, indicó la cartera sanitaria nacional. Fuente: Télam
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18/4/11
La Anmat prohibió comercializar dos medicamentos
comercialización y uso de los medicamentos “Beauty Botulinum Toxin Tipo A, 50 UI” y “Apósitos Protectores Cris Blan” en presentación por diez unidades. En el primero de los casos, la prohibición “fue adoptada luego de una investigación iniciada a raíz de una denuncia anónima, en la que se detallaba que el producto se ofrecía por Internet para el tratamiento cosmético de arrugas y líneas de expresión”, informó el Ministerio de Salud en un comunicado. Pero en esa promoción “se indicaba que la forma de aplicación era la inyectable, característica que no corresponde a un producto cosmético”. El Anmat explicó que una vez realizadas las averiguaciones correspondientes, “se verificó que el producto no estaba autorizado y que, además, no cumplía con las exigencias normativas respecto a su rotulado”. En cuanto a los apósitos, se prohibió la comercialización “luego de que se detectó que se vendía pero que no estaba inscripto inscripto ante la Anmat”. Además, el Instituto Nacional de Medicamentos (Iname), dependiente de la Anmat “recibió una denuncia que reportaba que el apósito había producido una reacción alérgica en la piel de una persona, luego de haberlo aplicado sobre una herida”, indicó la cartera sanitaria nacional. Fuente: Télam