La Sala Cuarta del Tribunal de Apelaciones, integrada por los magistrados Mirta Sar Sar, Claudio Leiva y Silvina Furlotti, sostuvo que el accionar de la escribana había frustrado la posibilidad de la demandante de “acceder a una vivienda familiar”.
Asimismo, la Justicia de Alzada provincial indicó que el obrar antijurídico de la escribana y la frustración del acceso a una vivienda familiar determinó que “la actora junto a su esposo viva con sus suegros en una casa de propiedad de estos, todo lo cual, genera daños al espíritu”.
El portal especializado en temas jurídicos relató que la mujer perjudicada demandó a la escribana y reclamó el pago de una indemnización por daño moral, de 11 mil pesos. El fallo de primera instancia avaló el pedido, pero redujo el monto a 2500 pesos por daño moral. Esta sentencia fue apelada por la demandada, pero la Cámara mendocina la ratificó. //Gracias por tu visita//