TASA DE SERVICIOS URBANOS MUNICIPALES (TSUM)
Artículo 4º: Por la prestación de los servicios de recolección de residuos, barrido, riego, poda, conservación y ornato de calles, plazas, paseos, espacios verdes públicos, de uso comunitario; tratamiento y reciclado de residuos en planta, se abonara la siguiente Tasa por inmueble Urbano comprendido dentro de la Zonas determinadas en el articulado de esta misma Ordenanza.
Luego de este artículo se encuentra la escala según edificación y terreno baldío.
Quedando a su disposición para evacuar dudas, saluda atte.
Amílcar Márquez
Pte. HCD-Gral. Alvear