10/8/17

COOPERATIVISMO CON DERECHO Y CUENTAS CLARAS

El Ministerio de Educación y Deportes de la Nación, con acuerdo de todo el Sistema Universitario argentino, aprobó la incorporación de contenidos mínimos obligatorios sobre cooperativas y mutuales en los planes de estudio de las carreras de Abogacía y de Contador Público.


A partir de “Acuerdos Plenarios” del Consejo de Universidades se aprobaron los contenidos mínimos de aplicación obligatoria en todas las universidades argentinas para la formación de abogados y contadores públicos.

La iniciativa compromete “la formación mínima y obligatoria que deben contener los planes de estudio de esas carreras universitarias, de la carga horaria y de las competencias profesionales que quedan reservadas a los poseedores de dichos títulos”. De tal modo, a partir de la suscripción de las correspondientes Resoluciones Ministeriales, en las carreras de Abogacía y Contador Público, todas las universidades argentinas deberán incorporar en cada plan de estudio, contenidos sobre Cooperativas y Mutuales, por ser considerados esenciales para la formación de dichos profesionales.


Específicamente, en lo que refiere a la carrera de Abogacía, en el área de Formación “Privado”, “Personas Jurídicas Civiles y Comerciales”, se incorporaron los componentes: Sociedades; Asociaciones Civiles y Fundaciones, Cooperativas y Mutuales. Por su parte, en la carrera de Contador Público, los contenidos “Cooperativas y Mutuales” constan en el Área Temática “Jurídica”, como contenido separado de Sociedades y Asociaciones Civiles.

Es conocida la demanda del Movimiento Cooperativo y Mutual por el reconocimiento en los estudios universitarios de las cooperativas y mutuales y la importancia de que los profesionales universitarios conozcan sus particularidades y especial modo de actuación en el contexto económico empresarial. Que los contadores y abogados cuenten con formación específica sobre la materia, constituye un paso importante para la comprensión y mejora de los procesos de gestión de estas empresas. Este paso debe comprometer también la atención y la acción del sector cooperativo y mutual para lograr la incorporación de contenidos mínimos en el conjunto de carreras declaradas de “interés público” y que se declaren en el futuro, así como en las instancias de revisión de estándares que periódicamente se realicen.

Fuente: Lic. María Estela Lauritto / Coordinadora del Programa de Cooperativismo y Economía Social en la Universidad de la Secretaría de Políticas Universitarias- Ministerio de Educación y Deportes de la Nación - Licenciada en Ciencia Política y Gobierno, Técnico en Cooperativas y Especialista en Gestión Pública.