26/7/19

EL 31 DE JULIO NO LABORABLE EN SALADILLO

Decreto por el 156º aniversario de Saladillo
 
Saladillo, 2 de julio de 2019
Ref. Expte. 3790-S-2019
 
VISTO que el próximo 31 de julio se festeja el 156º ANIVERSARIO DE SALADILLO, y;
 
CONSIDERANDO que esta administración, tal como es habitual, ha organizado una serie de actos oficiales para conmemorar tan importante suceso;

 
QUE la Provincia de Buenos Aires, a través del Ministerio de Gobierno, en el marco de la Resolución N° 2019-577 de la Provincia de Buenos Aires, con fecha 26 de junio de 2019, ha declarado en el art. 1°, para el Partido de Saladillo, como no laborable para la Administración Pública y Banco de la Provincia de Buenos Aires, y feriado optativo para la industria, el comercio
 
QUE en el Artículo 2° se exceptúa de lo dispuesto en el artículo 1 a las instituciones dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación; 
 
QUE la mentada resolución tiene como objetivo fomentar celebraciones y facilitar mayor participación de la comunidad para los días en los cuales se conmemore aniversarios o fiestas patronales, actos y festejos que contarán con masiva concurrencia;
 
QUE debe procederse al dictado del acto administrativo que reproduzca, en el ámbito local, los términos de la citada resolución;
 
Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALADILLO, en uso de sus facultades
 
D E C R E T A
ARTÍCULO 1: Declarar para el Partido de Saladillo, como no laborable para la Administración Pública y Banco de la Provincia de Buenos Aires, y feriado optativo para la industria, el comercio y restantes actividades que se desarrollen, el día 31 de julio de 2019, con motivo de conmemorarse el 156° Aniversario de la Fundación de la ciudad.
 
ARTICULO 2: Comunicar, tomar razón las correspondientes oficinas y cumplido dar al registro Oficial de Decretos.
DECRETO 1420/2019

y restantes actividades que se desarrollen, el día 31 de julio de 2019, con motivo de conmemorarse el 156° Aniversario de su Fundación;