El Municipio de Saladillo informa que continuamos con las medidas de distanciamiento social, preventivo y obligatorio de acuerdo a lo dispuesto por el Gobierno Nacional y la normativa Provincial emitida hasta el día de la fecha.
En cuanto a las actividades permitidas, se prorrogan medidas autorizadas por Decreto Municipal hasta el día Martes 10 de noviembre del corriente inclusive y se agregan a las vigentes, las siguientes disposiciones:
Se autoriza la ampliación de horarios de todos los comercios hasta las 21:00hs, salvo Kioscos, Despensas, Autoservicios, prácticas deportivas en ámbitos privados (fútbol, padel, tenis, gimnasios, etc), como así también ensayos musicales y teatrales que podrán funcionar hasta las 23:00hs.
En cuanto a los comercios de rubros gastronomícos de expendio de comidas y bebidas, podrán funcionar hasta la hora 01:00.
Se autoriza, con el cumplimiento de protocolos estrictos, el funcionamiento de talleres del programa ENVIÓN, actividades de Grupos Scouts, la instalación de Food Trucks de jueves a domingos en horario comercial.
En cuanto a las reuniones sociales, se habilitan las mismas hasta 10 personas y en el ámbito privado. Se sugiere la utilización de espacios abiertos y ventilados como patios, galerías donde se permita cumplir con el distanciamiento y la higiene que exige el protocolo en el marco de la pandemia.
Los servicios religiosos pueden realizarse con ocupación del 50% de la superficie que posean y respetando el distanciamiento de 2 mts entre personas.
A partir del día 16/11 se autoriza la apertura de guarderías, las visitas a hogares geriátricos bajo el cumplimiento de estricto protocolo y el uso de natatorios utilizados únicamente con fines deportivos.
Se prohíbe la circulación de personas por la vía pública en la franja horaria desde la hora 01:00 hasta las 7:00 horas, salvo que se encuentren exceptuados en razón de la labor que desarrollan y/o alguna situación contemplada por la normativa vigente en el marco de la emergencia sanitaria dada por el covid-19.
Se notificará a las agencias de remises que deberán confeccionar un registro de las personas que trasladen en la franja comprendida entre la hora 01:00 y las 07:00 de la mañana, donde deberá constar nombre y apellido de los pasajeros, numero de D.N.I., motivo del traslado y domicilio a donde se dirige. Lo cual debe estar enmarcado solo en lo esencial.
Sigamos cuidándonos y seamos muy responsables para sostener estos resultados.
Para que esta situación siga mejorando y no tengamos que retroceder, depende de cada uno de nosotros.
#SigamosCuidandonos
#EnSaladilloNosCuidamosEntreTodos
#MunicipalidadDeSaladillo
#MejorConVos