A partir del día de la fecha y en concordancia con las Resoluciones 460 y 496 del 2021, emitidas por la Jefatura de Gabinete y el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, se dispuso el “PASE LIBRE COVID” como requisito para asistir a las siguientes actividades:
• Actividades culturales, deportivas, religiosas y recreativas en espacios cerrados.
• Realización de trámites presenciales ante organismos públicos provinciales y/o municipales.
• Trámites presenciales ante entidades privadas, cuando impliquen aglomeración de personas.
• Trabajadores que realicen atención al público, ya sea entidades públicas o privadas.
• Eventos organizados donde participen más de 1.000 personas, ya sea que se realicen en espacios abiertos, cerrados o al aire libre.
Las personas mayores de 13 años que asistan a tales eventos y/o actividades deberán acreditar el PASE LIBRE COVID mediante la presentación de las aplicaciones móviles “VACUNATEPBA”; “MIARGENTINA”; “CUIDAR - SISTEMA DE PREVENCIÓN Y CUIDADO CIUDADANO CONTRA EL COVID-19” o CARNET DE VACUNACIÓN EN FORMATO CARTÓN O TARJETA, siendo obligación de los responsables y organizadores solicitar el PASE LIBRE COVID como requisito previo al ingreso de los asistentes, participantes y/o público en general.
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